​Un partido de fútbol terminó con una prohibición de acercamiento en Allen 

El padre de un estudiante denunció que otro adulto increpó a su hijo en la vía pública tras un incidente durante un partido escolar. El Juzgado de Paz de Allen dictó una prohibición de acercamiento.

Un partido de fútbol entre estudiantes terminó con una denuncia y una medida de protección dictada por el Juzgado de Paz de Allen. La Justicia prohibió a un hombre acercarse a un adolescente luego de que su padre denunciara que el adulto lo había increpado en la vía pública por un incidente ocurrido durante el encuentro deportivo.

Según el relato presentado ante la Policía, el episodio se produjo después del partido. Cuando el adolescente salió del establecimiento educativo y caminaba hacia su casa, el padre de su compañero se acercó en un vehículo.

El hombre descendió y le recriminó al adolescente lo ocurrido durante el partido. De acuerdo con la denuncia, el joven se sintió intimidado y posteriormente manifestó temor ante la posibilidad de volver a encontrarse con el adulto.

La situación también habría repercutido en su asistencia a la escuela, ya que el adolescente expresó que no quería volver a concurrir a clases. Desde el establecimiento educativo indicaron que el episodio había ocurrido en la vía pública y que, por ese motivo, no podían intervenir directamente.

La medida de protección que dictó la Justicia

Ante la denuncia presentada por el padre del adolescente, el caso llegó al Juzgado de Paz de Allen. La jueza dispuso una prohibición de acercamiento con el objetivo de prevenir nuevos episodios y preservar la integridad psicofísica del menor.

Además, ordenó al hombre abstenerse de perturbar al adolescente o realizarle reclamos a través de medios digitales, mensajes o llamadas telefónicas. Cualquier planteo deberá canalizarse por las vías legales correspondientes.

La resolución también advierte que el incumplimiento de las restricciones podría derivar en la intervención del fuero penal por el delito de desobediencia.

Al fundamentar la medida, la jueza consideró especialmente el impacto que una situación de estas características puede generar en la vida cotidiana de un adolescente. Según señaló, la actitud denunciada puede “inhibir la capacidad de reacción del menor restringiendo su libertad personal”.

En ese sentido, advirtió que el temor ante nuevos episodios podría llevar al joven a modificar sus “rutinas, caminos, horarios o hábitos”.

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Qué establece la normativa de Río Negro

Para resolver el caso se aplicó la Ley Contravencional 5592 de Río Negro.

El artículo 47 establece que es punible quien moleste a otra persona y afecte su tranquilidad en la vía pública o en lugares de acceso público. Por su parte, el artículo 23 contempla la posibilidad de prohibir la concurrencia a determinados lugares cuando esa medida resulte necesaria para evitar una nueva contravención.

Además de la prohibición de acercamiento, el Juzgado de Paz resolvió remitir el expediente al Centro Integral de Métodos Autocompositivos de Resolución de Conflictos de Allen.

El caso fue derivado a ese organismo debido a que, de acuerdo con la normativa provincial, este tipo de denuncia requiere que la persona interesada impulse el trámite correspondiente.

 

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