​Vino de Chile sin papeles e inscribió a su hija con otra identidad: décadas después logró recuperar su verdadero origen 

Una mujer fue anotada en Cipolletti como hija de quien no era su madre biológica porque su madre no tenía documentación argentina. Tras un ADN y un fallo judicial, consiguió que rectifiquen su partida de nacimiento.

Cipolletti.- En una época en la que no contaba con documentación argentina, una mujer chilena dio a luz en Cipolletti y, para poder inscribir a su hija, utilizó los datos de otra persona que le facilitó su identidad. De esa manera, la niña quedó registrada como hija de alguien que no era su madre biológica.

Con el paso de los años y ya siendo adulta, la mujer comenzó un proceso para reconstruir su historia y lograr que su identidad legal coincidiera con su verdadero origen.

La prueba de ADN confirmó el vínculo biológico

El primer paso fue una acción declarativa de certeza ante el Poder Judicial para determinar si existía vínculo biológico con quien señalaba como su madre, ya fallecida.

El juzgado ordenó una prueba genética. El examen de ADN confirmó la maternidad biológica. Con ese resultado incorporado al expediente, el 6 de junio de 2025 se dictó sentencia y se declaró acreditada esa relación.

Ese fallo se convirtió en el antecedente clave para avanzar en la rectificación registral.

Nueva demanda para corregir la partida de nacimiento

Con la sentencia previa, la mujer inició una nueva acción judicial para que se dejara sin efecto la maternidad consignada en su acta de nacimiento y se la inscribiera como hija de su madre biológica, conforme al Código Civil y Comercial.

La demanda fue dirigida contra los hijos de la mujer fallecida cuya maternidad se buscaba reconocer. Los herederos aceptaron el planteo y no se opusieron, teniendo en cuenta la prueba genética y el fallo que ya había reconocido el vínculo biológico.

El derecho a la identidad y la verdad biológica

Al analizar el caso, la jueza de Familia dio especial relevancia al examen de ADN, al que la doctrina y la jurisprudencia le otorgan un valor determinante en este tipo de procesos.

En la sentencia se recordó que la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha sostenido que el respeto por la persona humana es un valor fundamental y que los derechos de la personalidad son esenciales para garantizarlo.

El fallo subrayó que el derecho a la identidad incluye la posibilidad de conocer el origen biológico y que en estos procesos está comprometido el orden público, por lo que debe prevalecer la verdad biológica más allá de la postura de las partes.

Orden judicial al Registro Civil para rectificar el acta

Finalmente, el fuero de Familia hizo lugar a la acción. Declaró que la mujer no era hija biológica de quien figuraba en su partida y ordenó rectificar el acta de nacimiento mediante oficio al Registro Civil y Capacidad de las Personas.

Así, después de varias décadas, la cipoleña logró que su documentación refleje su verdadera identidad y su historia familiar real.

 

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