​Un fallo confirmó que los beneficios sociales no reemplazan la cuota alimentaria 

La Justicia rechazó el planteo de un padre que pretendía computar asignaciones estatales como parte de su aporte económico. La jueza recordó que esas ayudas son un derecho del niño y fijó una cuota basada en la canasta de crianza del INDEC.

Un fallo del Juzgado Multifueros de El Bolsón resolvió una demanda de alimentos en la que un hombre buscaba que las asignaciones sociales percibidas por su hijo fueran consideradas parte de su obligación económica. La jueza a cargo desestimó ese planteo y estableció una cuota alimentaria mensual equivalente a una canasta de crianza completa, tomando como referencia los valores publicados por el INDEC.

La magistrada fue categórica: los aportes estatales no reemplazan el deber del progenitor de sostener a su hijo, ya que tienen un fin asistencial y constituyen un derecho del niño, no una contribución voluntaria del padre.

La denuncia de la madre

La causa comenzó cuando la madre del niño denunció que el padre no realizaba aportes regulares ni cumplía tareas cotidianas de cuidado. Explicó que vive con el menor, estudia en la universidad, trabaja de manera independiente y cubre sola los gastos de vivienda, alimentación, educación, transporte y salud. Sus ingresos —inestables— no alcanzaban y debía recurrir a ayuda familiar para sostener la rutina del niño.

El planteo del padre

El hombre se presentó en el expediente y ofreció una cuota de $150.000. Alegó que vive de trabajos esporádicos, que no posee bienes registrados ni ingresos fijos y que mantiene un estilo de vida austero. También sostuvo que la madre tiene en su poder la tarjeta con la que se cobran la asignación familiar por hijo y la Tarjeta Alimentar, y afirmó que, sumando esos montos, su aporte superaba la mitad del costo estimado de crianza.

El juzgado rechazó de plano esa interpretación.

“Las asignaciones pertenecen al niño, no al progenitor”

La jueza remarcó que las ayudas estatales cumplen un rol de acompañamiento social y no pueden computarse como parte de la cuota alimentaria. Dejó constancia expresa de que el monto fijado no incluye esos beneficios y que su percepción no exime al padre de sus obligaciones parentales.

El rol de cada progenitor y la situación económica

Durante el proceso se probó que el niño convive con su madre, asiste a una escuela pública y realiza actividades deportivas. También se acreditó que el padre no participa de forma activa, afectiva ni económica. Si bien en otro expediente se había ordenado un régimen de cuidado compartido, en la práctica nunca se llevó adelante.

La mujer explicó que su ingreso es irregular y que su situación se agravó tras un incendio que afectó su lugar de trabajo. Aun así continúa con sus estudios y asume sola los gastos de su hijo. El padre, en cambio, no presentó documentación que acreditara su real situación laboral y ni siquiera volvió a designar abogado tras la renuncia de su defensa.

La resolución

Ante este contexto, el juzgado fijó una cuota mensual equivalente a la canasta de crianza completa para la franja de 6 a 12 años. La obligación se extenderá hasta que el niño cumpla 21 años, salvo modificación judicial.

El fallo marca un precedente claro: ningún beneficio social puede sustituir el aporte que le corresponde a cada progenitor para garantizar las necesidades básicas de sus hijos.

 

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