El inquilino tuvo que reemplazar de urgencia la entrada tras un violento robo. El propietario se negó a pagar, pero la Justicia lo obligó a asumir el costo.
Una moza que trabajaba en un restaurante del Cerro Catedral fue reconocida judicialmente como víctima de violencia laboral, tras denunciar gritos, humillaciones y un trato autoritario sostenido durante meses. La trabajadora había presentado una denuncia en la Comisaría de la Familia amparada en la Ley 26.485 de protección integral contra la violencia hacia las mujeres.
Inicialmente, el empleador propuso una salida económica y logró un acuerdo de desvinculación, homologado en otro expediente. Sin embargo, la mujer presentó posteriormente una demanda laboral independiente, reclamando los daños y perjuicios sufridos por el maltrato emocional.
En esa instancia, la Cámara Laboral fue contundente: dejó en claro que la violencia laboral es un ilícito autónomo y no puede resolverse ni clausurarse mediante convenios económicos.
“En las acciones de violencia está expresamente prohibida su conclusión mediante convenios económicos”, afirmó el tribunal, señalando además que el acuerdo no hacía mención de la denuncia vigente, lo que calificaron como una maniobra de mala fe por parte del empleador.
Durante el juicio, testigos confirmaron que el trato autoritario no fue un hecho aislado ni producto del ritmo de trabajo, sino una conducta sistemática que afectó la salud emocional de la trabajadora, respaldada por certificados médicos psiquiátricos y psicológicos.
La Cámara citó normativa nacional e internacional —entre ellas la Convención de Belem do Pará, la CEDAW y el Convenio 190 de la OIT—, destacando la obligación del Estado argentino de sancionar y reparar situaciones de violencia y acoso en el ámbito laboral.
El fallo ordenó al empleador indemnizar por daño moral, daño emergente y cubrir los gastos médicos, con actualización de intereses. Los jueces subrayaron que el derecho laboral forma parte del sistema de protección de los derechos humanos, y que los empleadores no pueden eludir su responsabilidad mediante arreglos extrajudiciales.