​Ordenan indemnizar a un motociclista por un siniestro provocado por un automovilista 

Un fallo de primera instancia en Cipolletti responsabilizó civilmente a un conductor de Ford Fiesta y a su aseguradora por un siniestro ocurrido sobre avenida Circunvalación, donde un motociclista cayó al intentar esquivar el auto.

El juzgado civil de Cipolletti determinó la responsabilidad del conductor de un Ford Fiesta por un siniestro ocurrido sobre avenida Circunvalación, donde un motociclista que transitaba en una Honda CB 190cc perdió el control y cayó al asfalto al intentar esquivar el vehículo. Como consecuencia del impacto, sufrió una fractura en el codo derecho, lesiones en la muñeca y secuelas permanentes. La sentencia ordenó indemnizarlo por los daños sufridos y extendió la condena a la aseguradora Río Uruguay Cooperativa de Seguros Limitada.

Pruebas, peritajes y responsabilidad

El fallo reconstruyó la mecánica del hecho a partir de actuaciones policiales, informes médicos, pericias accidentológicas y un testimonio presencial. La pericia concluyó que el Ford Fiesta irrumpió en la calzada desde calle Venezuela y quedó detenido en medio de la avenida, obstaculizando la circulación. También determinó que el conductor tenía visibilidad adecuada y no adoptó los recaudos necesarios para incorporarse al tránsito.

Según el informe técnico, el motociclista realizó una maniobra evasiva para evitar el impacto directo pero terminó derrapando debido al deterioro de la calzada, lo que derivó en la caída.

Incapacidad y evaluación del daño

La pericia médica acreditó una incapacidad física del 14%, mientras que la evaluación psicológica determinó un 10% adicional. El juzgado aplicó el método de “capacidad restante” y fijó una incapacidad total del 22,6%.

Además, reconoció gastos médicos, farmacéuticos, de traslado y de tratamiento psicológico, y otorgó una suma por consecuencias no patrimoniales, considerando la afección espiritual y la interferencia en el proyecto de vida. Para cuantificar la indemnización, el juzgado utilizó la fórmula establecida recientemente por el Superior Tribunal de Justicia (STJ).

Rechazo a los argumentos de la aseguradora

La aseguradora había negado la existencia del siniestro y sostuvo que no había recibido denuncia del hecho. Sin embargo, el fallo descartó esos planteos y afirmó que no existían causales de exoneración. Señaló la responsabilidad objetiva del conductor como guardián del vehículo.

Límite de cobertura declarado inconstitucional

Uno de los puntos centrales de la resolución fue la declaración de inconstitucionalidad del límite de cobertura previsto en la póliza del seguro obligatorio vigente al momento del hecho. El juzgado sostuvo que resultaba “desproporcionado” en relación con el monto de la condena y ordenó aplicar el valor fijado por la Superintendencia de Seguros de la Nación al momento de la liquidación.

Situación procesal

La sentencia es de primera instancia y aún no se encuentra firme, ya que las partes mantienen la posibilidad de apelar

 

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