El menor fue atropellado por un tren que inició su marcha sin advertencia mientras jugaba con amigos en una plaza. La Justicia ratificó que la empresa es responsable por no tomar medidas de prevención en una zona urbana.
Un grave accidente ocurrido en Chichinales, en el Alto Valle de Río Negro, derivó en una condena firme contra una empresa ferroviaria y su aseguradora. El hecho ocurrió durante una tarde calurosa de diciembre, cuando un niño jugaba con amigos en el Paseo de la Familia, ubicado frente a una plaza céntrica.
Una formación ferroviaria de 63 vagones, que se encontraba detenida frente al área recreativa, inició su marcha sin emitir advertencia alguna, según relataron testigos. El menor cruzaba entre los vagones cuando fue embestido, sufriendo heridas de gravedad.
La Cámara de Apelaciones en lo Civil de General Roca confirmó el fallo de primera instancia que responsabiliza a la empresa por los daños y secuelas físicas que padeció el niño.
El tren como parte del paisaje urbano
En su defensa, la empresa intentó desligarse de culpa argumentando conducta imprudente del menor y ausencia de supervisión adulta. Sin embargo, el tribunal desestimó esos planteos y remarcó que la cercanía de las vías con espacios públicos impone una mayor exigencia de seguridad por parte de la operadora.
“El trazado férreo atraviesa pueblos y ciudades del Alto Valle. Es parte del paisaje urbano y, como tal, requiere medidas preventivas acordes al entorno”, expresó el fallo.
Un testigo que circulaba en su vehículo por la zona confirmó que el tren comenzó a moverse sin bocina, alarma ni señal de advertencia por parte de un operario, lo que incrementa la responsabilidad de la empresa.
Un fallo con perspectiva territorial
La Cámara subrayó que la idiosincrasia de las localidades del corredor del Valle debe ser tenida en cuenta al momento de evaluar los riesgos. Las vías del tren no son un límite infranqueable, sino parte del tránsito cotidiano de la población.
Finalmente, el tribunal concluyó que el accidente fue consecuencia directa de la omisión de medidas de precaución por parte de la empresa ferroviaria, y ratificó que no hubo culpa de la víctima ni de terceros. Por eso, se confirmó la condena a la empresa y a la aseguradora por los daños causados.