En los próximos días, la justicia podrá acceder al contenido del celular y una tablet que son propiedad del expresidente Alberto Fernández. Lo que allí se encuentra servirá, sostienen las fuentes judiciales, para avanzar en el proceso por violencia de género contra su entonces pareja, Fabiola Yañez. Según la decisión de la Cámara Federal porteña el material que se obtenga se preservará para cuidar la “trazabilidad” de esa evidencia. En su momento, la defensa del expresidente había solicitado que se destruyera esa información pero ese pedido fue rechazado. En tanto, la Cámara rechazó una vez más otra recusación contra al juez federal Julián Ercolini.
En su momento, los abogados de Fernández había solicitado que una vez que se extrajera la información necesaria del celular y la tablet se procediera a su destrucción. Entiende el ex presidente que de esa manera se evitaría que pudiera utilizarse esa información para realizar publicaciones no autorizadas en los medios. Sin embargo, la sala II de la Cámara Federal porteña rechazó ese pedido y ordenó preservar el material.
Para esta causa, los mensajes intentarán demostrar la existencia de hechos de violencia de género, tal como lo denunció Yañez en su momento. Para eso se revisarán las comunicaciones existentes a través de las aplicaciones WhatsApp, mensajes de texto y Telegram tanto con Yañez como con la madre de ella, Mirian Verdugo.
Toda la información obtenida se distribuirá entre las dos partes de esta causa. Tanto el celular como la tablet habían sido secuestrados en agosto del año pasado en un procedimiento que se hizo en del departamento de Fernández en Puerto Madero. Los aparatos quedaron a resguardo de la fiscalía hasta que el juez Ercolini aceptó el pedido del expresidente de que ambos aparatos sean peritados.
El motivo por el que no se destruirá la información obtenida en esos dos aparatos electrónicos es que también se utilizará en otra causa en la que el expresidente también está procesado, la que se conoce como causa Seguros.
El juez pidió que el peritaje se realizara bajo “las máximas precauciones posibles con el objeto de preservar la información almacenada en la totalidad de los dispositivos de modo que no pueda ser alterada o suprimida en forma remota”. Por otra parte, indicó que todo el contenido deberá se resguardado y considerado como “estrictamente confidencial”. Por lo tanto, “la tarea encomendada deberá ser efectuada y manipulada por la menor cantidad de personas posible”. Es ante esto que se dispuso que el procedimiento sea todo filmado para garantizar que no hubo manipulación indebida ni que el contenido se distribuya de manera incorrecta.
Alberto Fernández está procesado en esta causa por los delitos de lesiones leves y lesiones graves agravadas por haberse cometido en un contexto de violencia de género y por amenazas coactivas. Para el juzgado ya está en condiciones de ser llevado a juicio oral. Eso sucederá una vez que se termine con el peritaje del celular y la tablet del expresidente.
Esta evidencia también será analizada por el juez federal Sebastián Casanello, en un peritaje también ya ordenado en busca de palabras clave vinculadas a esa investigación, como “brokers”, “intermediario”, “póliza” entre otras.
A esta negativa se sumó también el rechazo del juez del Tribunal de Apelaciones Eduardo Farah a un nuevo reclamo para separar a Ercolini del caso por violencia de género, para lo cual Fernández acudió en persona a Comodoro Py 2002 el lunes pasado y habló ante el magistrado.
El exmandatario reconoció que con Ercolini había una relación de amistad pero que trocó a una “enemistad manifiesta” porque cuando todavía era Presidente lo denunció al juez por haber participado del viaje, junto a otros magistrados y fiscales, a la estancia del norteamericano Joe Lewis en Lago Escondido.
Sin embargo, el juez Eduardo Farah rechazó la recusación porque entiende que fue presentada fuera de término. Pero además aseguró que estos argumentos ya habían sido planteados por Fernández en la causa Seguros contra Ercolini y que ya habían sido rechazados.
“Las razones que se mandaron a tratar aquí no pueden dar lugar a la recusación, porque son tardías e intempestivas y porque el imputado eligió plantearlas en un marco específico donde fueron analizadas y desestimadas por los magistrados correspondientes”, sostuvo Farah en su resolución.