La justicia le da el visto bueno a la ley Petri 

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La Cámara Federal de Casación Penal anuló hoy un fallo que abría la puerta al beneficio de la libertad asistida para un condenado por narcotráfico y fijó como doctrina plenaria que esas restricciones son compatibles con el principio de la igualdad ante la ley. En una sentencia plenaria, el máximo tribunal penal federal del país hizo lugar a una apelación del fiscal ante esa instancia Raúl Pleé, anuló el fallo dictado por una sala de feria de Casación en enero último y estableció “doctrina plenaria”, de cumplimiento obligatorio y a fin de evitar decisiones contradictorias al respecto. 

Por mayoría, se fijó como doctrina plenaria que “las restricciones del Código Penal y de la ley de Ejecución Penal vinculadas al régimen de ejecución de la pena privativa de la libertad para condenados por delitos de narcotráfico (arts. 5º, 6º y 7º de la ley 23.737) resultan compatibles con el régimen de progresividad de la pena, con el principio de igualdad ante la ley y con el principio de razonabilidad de los actos de gobierno”. 

El 28 de enero pasado, la sala de feria del Tribunal en el caso “Tobar Coca” había dictado una sentencia que declaraba la inconstitucionalidad de las normas que limitan beneficios en el régimen de progresividad de la pena a condenados por ciertos casos de narcotráfico, entre otros delitos graves. 

La sentencia plenaria fue firmada por los jueces Daniel Petrone, Diego Barroetaveña, Guillermo Yacobucci, Angela Ledesma, Carlos Mahiques, Mariano Borinsky, Alejandro Slokar, Juan Carlos Gemignani, Javier Carbajo y Gustavo Hornos.

 

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