Ante la falta de acuerdo en el Consejo del Salario, el Ejecutivo oficializó un cronograma de aumentos mensuales del Salario Mínimo, Vital y Móvil. También redefinió el cálculo de la prestación por desempleo, que ahora estará directamente vinculada al SMVM.
El Gobierno nacional formalizó este miércoles un nuevo esquema de actualización del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM), que regirá desde noviembre de 2025 hasta agosto de 2026. La medida quedó establecida en la Resolución 9/2025, publicada en el Boletín Oficial, y fue definida de manera unilateral tras el fracaso de la última reunión del Consejo del Salario.
Según informó la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, el encuentro celebrado el 26 de noviembre —realizado por videoconferencia— terminó sin acuerdo, ya que tanto representantes sindicales como empresariales presentaron propuestas sin lograr una mayoría. Frente a esa situación, el organismo resolvió avanzar en la fijación del ingreso básico para garantizar su actualización.
Cómo quedan los aumentos del salario mínimo mes por mes
El esquema establece diez incrementos mensuales consecutivos. Para los trabajadores mensualizados con jornada legal completa, el cronograma queda de la siguiente manera:
- Noviembre 2025: $328.400
- Diciembre 2025: $334.800
- Enero 2026: $341.000
- Febrero 2026: $346.800
- Marzo 2026: $352.400
- Abril 2026: $357.800
- Mayo 2026: $363.000
- Junio 2026: $367.800
- Julio 2026: $372.400
- Agosto 2026: $376.600
Para quienes cobran por hora, los valores también aumentan progresivamente:
- Noviembre 2025: $1642
- Diciembre 2025: $1674
- Enero 2026: $1705
- Febrero 2026: $1734
- Marzo 2026: $1762
- Abril 2026: $1789
- Mayo 2026: $1815
- Junio 2026: $1839
- Julio 2026: $1862
- Agosto 2026: $1883
Los montos alcanzan a trabajadores regidos por la Ley de Contrato de Trabajo, al personal agrario, a la administración pública nacional y a otros organismos estatales. En casos de jornadas reducidas, se aplicará de manera proporcional.
Cómo afecta el nuevo salario mínimo a la prestación por desempleo
La resolución también introduce cambios en el cálculo del seguro por desempleo. A partir de ahora, la prestación será equivalente al 75% del salario mensual neto más alto percibido por el trabajador durante los últimos seis meses de empleo.
Además, se fijan límites directamente vinculados al SMVM:
- Monto mínimo: 50% del salario mínimo vigente
- Monto máximo: 100% del salario mínimo vigente
Es decir, el piso y el techo del beneficio se ajustarán automáticamente con cada actualización mensual del SMVM.











