Alberto Fernández, dos de sus exministros y la DAIA, citados por la justicia de Irán por el caso del avión venezolano  

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El expresidente Alberto Fernández, el excanciller Santiago Cafiero; el exministro de Justicia, Martín Soria, los diputados Ricardo López Murphy y Gerardo Milman, la fiscal Cecilia Incardona, el extitular de la DAIA, Jorge Knoblovits y la abogada de DAIA, Marta Nercellas, son los nueve argentinos citados por la justicia de Teherán en un juicio en el que se reclama una indemnización por la detención en la Argentina de cinco tripulantes iraníes del avión venezolano de la empresa Emtrasur. A simple vista, la citación parece irregular porque un tribunal no puede citar a nadie en forma directa, si no a través de la embajada argentina en el país de origen, pero Iran alega que la sede en Teherán está cerrada y nadie atiende. En el texto que fundamenta la demanda más bien se apunta a que el reclamo es económico y está dirigido contra el Estado argentino, al que consideran responsable incluso de lo que haga el Poder Judicial. La realidad es que los cinco tripulantes iraníes estuvieron con prisión domiciliaria, en un hotel, durante 129 días, sin acusación alguna y terminaron volviendo a su país sin que se les impute nada. Pareció más bien una operación geopolítica, con la justicia como uno de los instrumentos.

Las citaciones tienen precisión desigual. Por ejemplo, Alberto Fernández habría sido citado con una carta documento entregada en Olivos. En principio también mandaron allí las convocatorias de los diputados y de los exministros Cafiero y Soria: Fernández y los exministros le dijeron a Página/12 que no recibieron nada. A la fiscal Incardona, tampoco. A la DAIA sí llegó la citación de Knoblovits y Nercellas. El criterio iraní, según parece, fue citar a todos los que tuvieron que ver con el caso del Jumbo de Emtrasur: Milman y López Murphy hicieron una denuncia judicial; la DAIA se presentó como querellante; a los ministros y al expresidente los vinculan porque -así lo dicen en el escrito- el estado es responsable aun de las decisiones del Poder Judicial. Incardona fue la fiscal que intervino en el caso, aunque los iraníes no la emprenden contra el juez, Federico Villena. 

Está claro que el reclamo es civil e impulsado por el abogado Alí Mashayekhi, quien representa a cuatro de los cinco tripulantes iraníes que estuvieron detenidos -sin acusación- en un hotel de Ezeiza. Los que demandan son el piloto, Gholamreza Ghasemi, el copiloto, Mahdi Mosuli; y dos instructores, Saeed Valizadeh y Mohammad Khosravi. Hay otro instructor, Abdolbaset Mohammadi, que no figura en la demanda. Como se sabe, el avión de Emtrasur traía partes de automotores enviados por Volkswagen de México a la Argentina y el vuelo fue contratado porque -debido a los bajos costos del combustible venezolano- ofrecía tarifas convenientes para el transporte de carga. Tanto el avión como los tripulantes fueron revisados hasta el cansancio y no se encontró nada irregular, por lo cual al final todos los tripulantes iraníes y venezolanos fueron puestos en libertad y se les permitió irse del país. El escrito iraní hace una mezcla bastante asombrosa diciendo que como el estado argentino acusa a Irán por el atentado a la AMIA, el estado iraní también puede acusar al estado argentino por el “secuestro” del avión y de los tripulantes. El reclamo es puramente económico.

El largo escrito que fundamenta el caso -al que tuvo acceso Página/12- sostiene que los tribunales de Teherán -en este caso el Tribunal Civil de Teherán- tienen competencia porque fueron afectados ciudadanos iraníes y porque se violaron -según el texto- normas de aviación y normas internacionales que figuran en la Convención de Naciones Unidas de 2004 sobre Inmunidades Jurisdiccionales de los Estados y sus Bienes. Lo concreto es que se cita a los argentinos a audiencias en Teherán en octubre y todo hace pensar que se hará un juicio en ausencia en el que se establecerá una indemnización de millones de dólares.

Las citaciones en sí mismas no parecen tener efecto alguno porque si un estado quiere citar a un ciudadano de otro estado hay canales habituales que empiezan por un trámite en la embajada del país correspondiente, luego de la embajada pasa a la Cancillería y de la Cancillería al juez competente en el domicilio del imputado. Aquí no se respetó ninguno de esos pasos. Son cartas documento directamente enviadas por el Judiciary of the Islamic Republic of Iran, Teheran International Relations Civil Court. Según los iraníes, ellos no pueden notificar porque la embajada de Argentina en Teherán está cerrada, no hay nadie. Por lo tanto, le mandaron copia de las citaciones a la Cancillería, aquí en Buenos Aires. Pero lo habitual es que haya un proceso de legalización, traducciones y evaluaciones. A la Cancillería sólo le mandaron copia. 

El caso del avión venezolano de Emtrasur sólo puede explicarse desde el ángulo político: el 747 fue revisado y no traía nada raro; a la tripulación se le secuestraron los celulares y las computadoras y no se pudo formular ninguna acusación. El gobierno de Alberto Fernández por supuesto que le echa la culpa a la justicia de Lomas de Zamora, que tiene jurisdicción en el Aeropuerto de Ezeiza- y el gobierno de Milei terminó entregándole el avión a Estados Unidos, que lo mandó a desguazar porque el Jumbo era viejo, tiene altísimos costos y sólo le servía a Venezuela por el bajo valor de los combustibles. Pero la trama sólo se explica porque estaban Venezuela e Irán de por medio y las presiones geopolíticas fueron lo decisivo. 

 

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