Un fallo del Juzgado Nacional del Trabajo N°63 frenó la aplicación de más de 80 artículos de la denominada ley de modernización laboral, en el marco de una medida cautelar presentada por la Confederación General del Trabajo. La decisión tiene efecto inmediato y regirá hasta que se resuelva la cuestión de fondo sobre su constitucionalidad.
En diálogo con Matutino, el dirigente de la Asociación Bancaria, Adrián Medina, explicó que la medida “busca evitar un daño irreversible en los trabajadores” ante la posible aplicación de cambios profundos en el régimen laboral.
Qué artículos quedan suspendidos
Entre los puntos más relevantes que quedan sin efecto se encuentran:
- Limitaciones al derecho a huelga y a la actividad sindical
- Cambios en el cálculo de indemnizaciones
- La creación de un fondo de despido (PAL)
- Modificaciones sobre trabajadores de plataformas digitales
Además, el fallo reconoce a la CGT como representante legítima de los trabajadores en este tipo de acciones colectivas, lo que marca un precedente clave en materia judicial.
Desde el sector sindical sostienen que la reforma apunta a restringir la organización de los trabajadores y no a generar empleo genuino. “No hubo creación de puestos de trabajo ni mejoras en la registración laboral desde su implementación”, afirmó Medina.
También advirtió sobre la pérdida de empleo en distintos sectores, como el bancario, donde se registraron miles de puestos menos en los últimos años.
El Gobierno nacional ya anticipó que apelará la medida, por lo que el caso podría escalar hasta la Corte Suprema de Justicia.
Mientras tanto, la suspensión seguirá vigente y representa, según los gremios, “un freno clave” a la aplicación de la reforma.
El escenario abre un nuevo capítulo en la disputa entre el Gobierno y los sindicatos, con impacto directo en millones de trabajadores y en el futuro de la legislación laboral en Argentina.











