Cómo funcionarán los bancos en Navidad y Año Nuevo: cierre de sucursales y alternativas digitales

El Banco Central de la República Argentina (BCRA) dispuso asueto para su personal los días 24 y 31 de diciembre de 2025, invitando a los bancos a adoptar la misma medida. Las sucursales permanecerán cerradas el 24, 25, 31 de diciembre y 1° de enero, mientras los clientes podrán usar home banking, cajeros automáticos y comercios adheridos para operaciones esenciales.

El Banco Central de la República Argentina (BCRA) informó que su personal no prestará servicios los días 24 y 31 de diciembre de 2025, fechas de Nochebuena y víspera de Año Nuevo. A su vez, instó a las entidades financieras y cambiarias a adaptar sus esquemas laborales al mismo calendario.

Aunque resta la confirmación formal de bancos nucleados en ABA, ABAPPRA, ABE y ADEBA, los antecedentes muestran que las sucursales generalmente adoptan el mismo criterio. De este modo, las oficinas permanecerán cerradas el 24, 25 y 31 de diciembre, así como el 1° de enero.

Lee también: Centenario tendrá asueto administrativo del 24 de diciembre al 2 de enero

Opciones digitales para clientes

Ante la falta de atención presencial, los usuarios podrán realizar operaciones a través de home banking, aplicaciones móviles y cajeros automáticos. Además, será posible extraer efectivo en supermercados, farmacias, estaciones de servicio y otros comercios adheridos mediante tarjetas de débito, garantizando acceso a servicios financieros básicos durante el asueto.

Recomendaciones para trámites presenciales

Se aconseja anticipar gestiones presenciales que no puedan resolverse digitalmente, como trámites de documentación, consultas específicas o gestión de cheques, para evitar inconvenientes durante los días de cierre de sucursales.

Contexto del asueto en la administración pública

El Decreto 883/2025 establece que los días 24 y 31 de diciembre también serán de asueto para la administración pública nacional, reconociendo el valor cultural y familiar de estas fechas. La medida busca facilitar los preparativos, traslados y celebraciones, promoviendo el disfrute de las festividades sin generar costos adicionales al Estado.

En el sector privado, la decisión de otorgar el día libre queda a criterio de cada empleador. Si se concede, no se considera feriado y el personal recibirá el salario habitual, salvo disposición diferente de la empresa.

Estas disposiciones permiten a la ciudadanía planificar trámites bancarios y pagos antes de las Fiestas, asegurando que las operaciones esenciales se puedan concretar mediante canales electrónicos y comercios adheridos.

 

Compartir:

Podría interesarte...