Tras tres días de audiencia y 14 testigos, la fiscalía y la querella solicitaron que el anestesiólogo sea declarado culpable por homicidio culposo. La defensa pidió su sobreseimiento. La sentencia se conocerá el 3 de diciembre.
Luego de tres días de debate y la declaración de 14 testigos, el Ministerio Público Fiscal y la querella solicitaron al juez unipersonal que declare penalmente responsable al anestesiólogo imputado por el homicidio culposo de Valentín Mercado Toledo. La defensa, por su parte, pidió el sobreseimiento del profesional. La sentencia será difundida el próximo 3 de diciembre a las 12:30.
El fiscal del caso sostuvo que “hemos acreditado la teoría del caso planteada, hemos demostrado que el hecho ocurrió cuando el niño ingresó a la sala de cirugía con vida y jamás volvió a estar consciente, producto de la impericia y negligencia del profesional imputado”.
La fiscalía remarcó que se trataba de una operación “sin complejidad”, según lo declarado por el cirujano y la médica de terapia intensiva pediátrica, y recordó que la familia había firmado un contrato en el que el anestesiólogo garantizaba su presencia permanente durante el procedimiento.
Durante la audiencia se afirmó que el anestesiólogo fue quien autorizó el inicio de la cirugía tras realizar los chequeos previstos. Testigos coincidieron en que el monitor de anestesia estaba en uso, que luego continuó funcionando ese mismo día, y que nadie pasó por detrás de la máquina. El monitoreo, dijeron, estaba bajo responsabilidad del imputado.
Además, se destacó que la operación no presentó complicaciones quirúrgicas: así lo confirmó el médico del Cuerpo de Investigación Forense, quien indicó tras la autopsia que la intervención había sido exitosa. Sin embargo, la fiscalía subrayó que las obligaciones del anestesiólogo implican no sólo revisar la máquina, sino observar al paciente de forma directa, lo que —según señalaron testigos— no ocurrió.
El fiscal remarcó que el profesional se ausentó de la sala en dos ocasiones, para hablar por teléfono y para buscar un cargador, y que también fue visto mirando su celular durante la cirugía. La situación crítica se manifestó cuando instrumentadoras advirtieron signos de cianosis en el niño. El anestesiólogo pidió asistencia a dos colegas que se encontraban en otras salas y comunicó que el paciente estaba en paro.
Los colegas realizaron maniobras de reanimación y aplicaron adrenalina, lo que permitió restablecer la circulación. Luego identificaron el problema de base: un coágulo que obstruía la punta del tubo traqueal, por lo que decidieron reemplazarlo. La fiscalía subrayó que, sin la adrenalina, “el niño hubiera fallecido en la sala de operaciones”.
También se acreditó que el monitor se desconectó en el tramo final de la cirugía y fue reconectado por un enfermero, tras lo cual comenzó a mostrar los valores reales, lo que indicaría un error humano y no un desperfecto del equipo.
Respecto del daño neurológico, la fiscalía indicó que la hipoxia derivada de un paro cardíaco genera efectos irreversibles y señaló, a través del testimonio de la psicóloga de la OFAVI, que la familia sufrió una “estafa emocional”, ya que no se les informó con claridad lo sucedido en los días posteriores.
La querella coincidió en que el desenlace fue “resultado directo de una conducta negligente”, y sostuvo que el anestesiólogo incumplió los estándares básicos de su especialidad al omitir controles esenciales durante la operación.
En contraste, el defensor del imputado afirmó que no hubo “desatención alguna”, que la causa de la hipoxia fue el “taponamiento repentino y abrupto” del tubo traqueal y que la taquicardia observada no fue atribuible a una mala práctica, sino al efecto propio de la adrenalina utilizada para reanimar al niño.
El Tribunal Unipersonal dará a conocer su sentencia el miércoles 3 de diciembre a las 12:30.











