Una jueza civil de Cipolletti ordenó indemnizar a un asegurado que pasó casi tres meses sin poder usar su camioneta. La empresa Mercantil Andina Seguros demoró 88 días en resolver el reclamo tras un siniestro vial ocurrido en Catriel.
Una camioneta Ford Ranger terminó destruida tras ser embestida por una Toyota Hilux en un incidente vial ocurrido en Catriel. Aunque la aseguradora del vehículo siniestrado reconoció la cobertura, demoró casi tres meses en dar una respuesta formal al reclamo. Durante ese tiempo, el dueño no pudo volver a utilizar su vehículo.
El caso fue analizado por el fuero Civil de Cipolletti, que concluyó que la compañía incurrió en mora al no responder dentro del plazo legal de 30 días, contado desde el momento en que el damnificado presentó toda la documentación requerida.
Según la sentencia, después del siniestro el afectado realizó la denuncia en la sucursal de la aseguradora en Catriel. A fines de diciembre, la empresa le envió una carta documento pidiendo documentación adicional —entre ellas, copias de la causa penal, croquis del hecho, datos de testigos y resultado del test de alcoholemia— e informó que suspendía los plazos legales hasta que se completara todo.
El asegurado respondió con los datos de la causa penal, pero aclaró que no tenía el resultado del examen de alcoholemia. A pesar de ello, la aseguradora insistió con el mismo pedido y mantuvo suspendidos los plazos para resolver el siniestro.
Finalmente, la empresa volvió a contactarlo desde la agencia local y le presentó una propuesta de pago por la destrucción total del vehículo, junto con una lista de requisitos para la indemnización, como acreditar la baja ante el Registro Nacional del Automotor y presentar libre deuda.
La jueza entendió que, desde el momento en que el asegurado aportó la información penal, la compañía ya contaba con los elementos necesarios para resolver. Por eso, determinó que la mora se extendió 88 días.
El fallo sostuvo que la demora provocó un daño concreto, ya que el asegurado permaneció casi tres meses sin poder usar su camioneta, un bien que utilizaba cotidianamente. En consecuencia, se ordenó una indemnización específica por la privación de uso, calculada en base a los días en los que el vehículo no estuvo disponible por responsabilidad de la aseguradora.
La sentencia aclaró que no se trata de una sanción ni de una compensación general, sino de un resarcimiento por un perjuicio real y comprobable.
La aseguradora condenada es Mercantil Andina Seguros S.A.. El fallo es de primera instancia y aún puede ser apelado.











