La Cámara Laboral de Viedma ordenó a una aseguradora estatal pagar una indemnización integral a un trabajador analfabeto que prestaba servicios de vigilancia registrado como monotributista, aunque en la práctica trabajaba en relación de dependencia. El fallo incluye diferencias salariales, despido sin causa y resarcimiento por incapacidad tras un accidente laboral.
Un fallo laboral reciente en Viedma dio lugar a una demanda presentada por un trabajador que prestaba servicios de vigilancia para una empresa estatal, aunque había sido registrado como monotributista. El hombre, analfabeto, desconocía el alcance legal del contrato que firmó y trabajaba bajo condiciones típicas de relación de dependencia.
Inicio del vínculo laboral
El trabajador se enteró en 2019 de una vacante como sereno y se le indicó que debía inscribirse como monotributista ante la AFIP para asumir el puesto. Aunque desconocía los trámites y consecuencias legales, aceptó la condición debido a la necesidad del empleo. Cumplía turnos rotativos de 48 horas semanales en distintos edificios, bajo supervisión directa de la empresa.
Conflicto y accidente
El conflicto surgió tras un accidente ocurrido mientras se dirigía al trabajo, luego del cual dejó de prestar servicios y finalmente fue desvinculado. En su demanda, el trabajador alegó que el contrato fue utilizado “en fraude a la ley laboral”, ya que no contaba con autonomía, tenía horarios fijos y estaba bajo órdenes directas, sin recibir prestaciones ni atención médica por incapacidad laboral.
Defensa de la empresa y análisis judicial
La aseguradora negó la existencia de relación laboral, argumentando que el vínculo era independiente y voluntario, y que el trabajador había facturado mensualmente sin reclamar a tiempo. Sin embargo, la Cámara Laboral de Viedma cuestionó la legalidad del contrato y la conducta de la empresa. Señaló que, como entidad estatal, no podía desconocer la Ley Provincial N° 3608, que regula la actividad de custodia y seguridad.
El tribunal concluyó que el vínculo no podía considerarse independiente, ya que el contrato y el trabajador no cumplían los requisitos de habilitación. Además, testimonios confirmaron que el personal de seguridad recibía instrucciones, horarios y pagos directamente de la empresa, lo que constituye un indicio claro de relación laboral dependiente.
Resarcimiento por accidente e indemnización
La perita médica determinó que el trabajador presenta una incapacidad parcial y definitiva del 17,75% por una fractura en la rodilla izquierda que requirió cirugía y dejó secuelas permanentes. La Cámara consideró probado que fue despedido sin causa y ordenó a la aseguradora pagar una indemnización integral, que incluye diferencias salariales, compensación por despido y resarcimiento por incapacidad.
Obligación de las empresas estatales
El fallo reafirma que las empresas, especialmente las estatales, deben respetar las normas laborales y proteger a los trabajadores en situaciones de especial vulnerabilidad, garantizando la regularización de vínculos y cobertura ante accidentes.










